Un juzgado gallego condena a un médico que falseó el certificado de la esposa de un amigo para cubrir una falta a su centro de trabajo

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de la localidad pontevedresa de Redondela ha condenado a pagar una multa de 1.260 euros a un médico colegiado en esa provincia por un delito leve de falsificación de certificados tras falsear un documento de este tipo para una trabajadora, a cuyo marido conocía, que no acudió una tarde, durante dos horas, a su centro de trabajo, y que también fue sancionada al pago de 720 euros por el uso del mismo.

La mujer trabaja para Aceesca, Asociación de Apoyo a Personas con Diversidad Intelectual, con sede en O Porriño, población donde reside. El caso se remonta a mayo de 2022, cuando presentó a la dirección un justificante de baja laboral firmado por el citado doctor en el cual se puede leer que “acude a mi consulta a las 15.20 horas, siendo atendida a las 16.10 horas para la realización de varias pruebas médicas”, permaneciendo allí hasta las 18.50 horas, a raíz de las cuales le prescribe “guardar reposo durante más o menos 12 horas”.

Se da la circunstancia de que dos semanas antes la empleada había pedido un permiso retribuido para la misma franja horaria vespertina de ese día que no fue concedido por la empresa alegando que no podía quedarse desatendido el servicio. Unos días después ella comentó que debía ir a una cita médica programada, pero sus jefes desconfiaron y contrataron a un detective, que descubrió su mentira al contrastar la falsedad de la excusa médica.

 

La investigación privada aporta pruebas

 

El investigador siguió los pasos de la trabajadora la misma tarde en que supuestamente iba a visitar al médico y comprobó que estuvo circulando en coche durante esas horas pero no acudió a ninguna consulta. En el informe presentado a la empresa el profesional incluyó varias fotografías junto a una grabación en vídeo en la cual podía verse perfectamente cómo, con anterioridad al horario de trabajo, seguía al vehículo de la empleada sin que este efectuara ninguna parada. Al adelantarlo verificó que se trataba de ella sin ningún género de dudas. Incluso en una gasolinera pasó a su lado para cerciorarse plenamente de su identidad.

Dictada la sentencia en primera instancia, el doctor apeló ante la Quinta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, pero la sala rechazó el recurso ante las evidentes contradicciones, que consideró faltas de lógica, en las declaraciones efectuadas en el juicio  tanto por el médico como por la trabajadora, a las cuales se unía la relación de amistad que el primero mantenía con el marido de la segunda.

El tribunal consideró incoherente, por ejemplo, que el doctor no indicara en el certificado la causa por la cual la consulta se prolongó durante más de dos horas ni el motivo de la visita de la mujer, ni tampoco detallara el diagnóstico ni las pruebas realizadas. Con respecto a la empleada, que afirmó que había pedido la cita por un ataque de ansiedad, el tribunal argumentó que esta clase de crisis suelen ser instantáneas, por lo que no parece creíble que “pidiese una cita con un mes de antelación”, como tampoco lo es que no solicitase en su centro de trabajo un permiso para acudir a una cita médica desde el primer momento.



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